Republic of the Philippines
SUPREME COURT
Manila

EN BANC

G.R. No. L-1594             May 28, 1951

EL PUEBLO DE FILIPINAS, querellante y apelado,
vs.
HONORIO CABILING, acusado-apelante.

D. Josefino O. Corpus en representacion del apelante.
El Primer Procurador General Auxiliar Sr. Roberto A. Gianzon y el Procurador Sr. Martianiano P. Vivo en representacion del Gobierno.

PABLO, J.:

Cargo No. 1. — El 20 de abril de 1942, a eso de las cuatrode la tarde, el acusado, armado con revolver, y varios soldados japoneses, tambien armados, fueron a la casa de Vicente Velasco en el lugar Lay-on, del municipio de San Remigio, Antique, preguntando por el paradero de los miembros del USAFFE, sus municiones, y de Angeles Velasco, presunto protector de los miembros del USAFFE. Angeles Velasco es padre de Vicente. Vicente Velasco y Cornelio Valente contestaron que no sabian. No contento conla respuesta, requisaron la casa de Vicente y encontraron 18 barriles de gasolina, 700 cavanes de palay, 300 picos deazucar, 2 trucks, varias gomas y dos maquinillas de escribir. Encontraron tambien la bodega de gasolina de la propied addel gobierno provincial. Todos estos efectos y lagasolina del gobierno provincial fueron encautados por elacusado y los soldados japoneses y trasladados al cuartelde los japoneses en Carawisan, San Remigio. Vicente Velasco, Cornelio Valente y tres otras personas fueron arresta dose investigados en el cuartel en Carawisan, perofueron puestos en libertad a eso de las nueve de la nochede aquel dia. Vicente, al obtener la libertad, fue a darcuenta de la incautacion de los efectos a su padre en el lugar donde se escondia. De estos hechos declararon Cornelio Valente y Vicente Velasco.

Cargo No. 2. — A eso de las 2 de la tarde del 10 de mayode 1942, los miembros del USAFFE bajo el mando del teniente Aligno en el barrio Lay-on, en San Remigio de lamisma provincia, recibieron informes de que varios soldados japoneses llegaban; por tal motivo, Vicente Velasco y Cornelio Valente fueron a su casa de evacuacion sobre lacolina y vieron al acusado, armado, con varios soldados japoneses, conduciendo a Nicolas Favila y Federico Miquilacon las manos atadas. Los japoneses rompieron fuego contralos guerrilleros. Hubo combate. El acusado y su hermano fueron a Carawisan en donde estaba el cuartel de los japoneses y al poco rato volvieron con soldados japoneses en socorro de los atacantes. Al siguiente dia muy de mañana, encontraron los cadaveres de Nicolas Favila y Federico Miquila, con heridas causadas por bayonetas. Jose N. Favila, hermano de Nicolas y primo de Federicomenterro los dos cadaveres con la ayuda de amigos.

Cargo No. 3. — En uno de los ultimos dias del mes deoctubre, 1944, el acusado, que era un chofer de la CompaniaI shihara en San Jose, Antique, y al mismo tiempo espiade los soldados Japoneses, ordeno a dos jornaleros de la Companiaque se proveyes en de palas y le acompañasen. Fuerona una plantacion de coco a unos 200 metros de la oficinade la compania. Los dos obreros Elizardo Garcia y Manuelde los Santos vieron a su llegada en el cocal a Vicente Eponia con las manos atadas en la espalda, vigilado porvarios soldados japoneses. El acusdo ordeno a Elizardoy Manuel a cavar una fosa y levantar un cadalso de canaencima de la fosa. Despues de construir un cadalso, consistente en dos postes de cana a los cuales amarraron otracana transversal a una altura apropiada, el acusado lesordeno que le colgaran a Eponia en el cadalso y, estando Eponia pendiente del cadalso, el acusado le disparo trestiros con un revolver de calibre .45; despues corto lacuerda y el cadaver cayo en la fosa. El acusado ordeno alos dos obreros que le cubrieran con tierra. Les advirtioluego que les mataria se revelaban lo sucedido. Eponiafue ejecutado porque es cuñado del teniente Toquilla dela guerrilla.

Dos testigos declaron en cada cargo y no existe elmenor indicio de que lo hayan hecho por motivos aviesos.

Como defensa, el acusado aseguro que no ha estado enlos tres lugares que, segun los testigos de la acusacion,el acusado habia ayudado a los japoneses en la incautacionde los articulos guardados por el USAFFE y de la gasolinadel gobierno provincial de Antique, ni en el ataquede los soldados japoneses a los miembros del USAFFE enel barrio Lay-on en San Remigio, ni en la ejecucion deEponia. Convencido tal vez en la inutilidad de tal pruebade coartada, la defensa no la suscita en el alegato: se contentaen senalar ciertar contradicciones entre los testigosde la acusacion y, por ellas, sostiene que no se ha probadofuera de toda duda la culpabilidad del acusado. Hemosleido las citadas contradicciones y declaramos que ellas revelanprecisamente la veracidad de los testigos. Son detallesde tan poca importancia que no pueden desvirtuarlos hechos esenciales que constituyen la ayuda abierta, cordialy efectiva que el acusado presto a los soldados japonesesen la incautacion de municiones de boca y de guerra,y en la persecucion y ejecucion de miembros del USAFFE.Como ciudadano filipino debio de haber ayudado a sus paisanosque sostenian la guerra de resistencia; pero por unsentimiento bastardo prefirio ayudar a las hordas invasoras,con infraccion del articulo 114 del Codigo Penal Revisado.

A falte de suficientes votos para imponer la pena capital,este Tribunal se ve precisado a confirmar como por lapresente confirma la sentencia dictada por el Tribunal del Pueblo contra el acusado de reclusion perpetua, con lasaccesorias, a pagar una multa de P10,000 y las costas.

Paras, Pres., Feria, Bengzon, Tuason, Montemayor y Jugo, MM., estan conformes.


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