Republic of the Philippines
SUPREME COURT
Manila

EN BANC

G.R. Nos. L-2999 and L-3000             June 28, 1951

EL PUEBLO DE FILIPINAS, querellante y apelado,
vs.
LUIS PAGDILAO Y TEODORO SALON, acusados y apelantes.

EL PUEBLO DE FILIPINAS, querellante y apelado,
vs.
TEODORO SALON, acusado y apelante.

Don. E. L Peralta en representacion del apelante D. LuisPagdilao.
D. Conrado Rubio en representacion del apelante D. Teodoro Salon.
El Procurador General Sr. Felix Bautista Angelo y el Procurador Sr. Esmeraldo Umali en representacion del Gobierno.

PABLO, J.:

En la primera causa, Luis Pagdilao y Teodoro Salon fueron condenados, por el delito de asesinato, a reclusion perpetua con las accesorias, a indemnizar mancomunada y solidariamente a los herederos de Teodoro Dahilig en la cantidad de P6,000 y pagar las costas; y en la segunda causa, Teodoro Salon fue condenado, por posesion ilegal de armas de fuego, a no menos de un ano y un dia y no mas de 5 anos de prision, con costas. Contra estas sentencias los acusados han apelado.

Entre 9:00 y 10:00 de la noche del 11 de junio de 1948, Teodoro Dahilig y su esposa Donata Salviejo estaban hablando en la sala de su casa, situada en Pinili, Ilocos Norte, cuando unos perros se pusieron a ladrar por la llegada de los acusados. Victoria Dahilig, hija de ambos, se desperto.

Al aproximarse a la casa, los acusados dijeron: "Apo," equivalente en tagalo a "Tao po". Teodoro Dahilig, sin sospechar que los acusados abrigaban mala intencion, contesto: "Pasen". Los acusados subieron por la escalera, y ya en el batalan, intimaron a Teodoro que apagase la lampara que llevaba en su mano, diciendo: "Apaga la luz," a lo que Dahilig contesto: "Si es mia la lampara, ?como la he de apagar?" Inmediatamente Luis y Teodoro dispararon tres tiros seguidos contra Dahilig, el cual cayo desplomado al suelo, apagandose la luz. Los acusados echaron a correr inmediatamente. Victoria, al reponerse del susto, encendio la luz y encontro muerto a su padre.

Al siguiente dia, a eso de las ocho, el alcalde Ruperto Valbuena se constituyo en la casa y no llego a hablar con Donata, la viuda de Dahilig, porque estaba continuamente llorando; pero Victoria le informo que los autores del crimeneran Luis Pagdila y Teodoro Salon.

El Dr. Aguston Rubio, medico del Centro de Puericultura de Pinili, Ilocos Norte, encontro las siguientes heridas en el cadaver de Teodoro Dahilig:

(1) A penetrating wound (bullet wound) on the right arm anterior to the axilla and has its exit between the scapula.

(2) A penetrating wound (bullet wound) below the right nipple and had its exit at about the level of the 8th-10th rib at theback.

(3) A similar wound lateral and a little below the sternum (left side) and had its exit at the back.

Movil del crimen. Luis Pagdilao cortejaba a Victoria y, cuando ella se vino a Manila, el la siguio para persuadirla a que volviera a su pueblo para que pudiesen casarse. Posteriormente pidio la mano de esta, pero Teodoro Dahilig no se la concedio. Desde entonces Pagdilao comenzo a odiar al padre de Victoria.

En 9 de junio el acusado fue a la casa de ella paraconvencerla otra vez a que consintiese en casarse con el. Ella estaba sola entonces, y habia contestado que no podia hacerlo porque su padre se oponia a la boda. Entonces elacusado le dijo: "Si es asi, los matare a todos."

Teodoro Salon, por su parte, queria casarse con Esmeralda, una sobrina y protegida del occiso, a lo que tambien se opuso este porque Esmeralda Salviejo esta casada, aunque su marido se encuentra en Hawaii. Ademan, Teodoro Salon tambien esta casado y Teodoro no podia consentir que su sobrina se casara con un hombre casado. Teodoro Dahilig era de inflexibles principios morales. Estaba tan confiado en la bondad de los hombres, como lo era el, que en el momento del suceso, ya entrada la noche, tenia aun abiertas las dos puertas y varias ventanas de su casa.

La defensa sostiene que Donata Salviejo y Victoria Dahilig no sabian quienes cometieron el crimen; que, si lo sabian, lo hubieran revelado al alcalde y policias de Pinili al siguiente dia y, si hubieran revelado los nombres de los acusados, los policias les habrias tomado declaracion jurada.Suponiendo que no hayan prestado tal declaracion, ?que no hubiera creido necesario dar tal paso porque tenia fe en la veracidad de ambas; como eran parte ofendida, no habia temor de que cambiasen la declaracion. El hecho de que se unieran a la denuncia las confesiones (Exhibitos D y E) de los acusados, no se debe deducir necesariamente que Victorio y Donata no hayan revelado a los policias los nombres de los acusados.

La defensa impugna las confesiones de Luis Pagdilao y Teodoro Salon (Exhibitos D y E), respectivamente, alegando que ambos fueron maltratados y despues llevados a la oficina del alcalde. Si es verdad que fueron maltratadosantes de comparecer ante el alcalde, a este hubieran revelado el hecho. ?Que razon tenian para callarse si aquel era tiempo oportuno para quejarse contra los policias? La declaracion de Teodoro Salon (Exhibito D) ha sido jurada y firmada ante el alcalde y en presencia de dos testigos, Toribio Valbuena y Arsenio Cabuyadao. La declaracion jurada de Luis Pagdilao ha sido jurada y firmada ante elalcalde y en presencia de dos concejales, Francisco Guerreroy Enrique Cabie. Cuando Pagdilao comparecio ante el alcalde,estaba en sesion el concejo municipal, y por estarazon no pudo prestar juramento inmediatamente. Sifuera verdad que habia sido maltratado, se lo habria reveladoal concejo municipal, al alcalde y a varias personasque estaban presentes. Es incompresible su silencio enel momento en que debian hablar.

Luis Pagdilao y Teodoro Salon alegan que estaba presente Maximo Rosario cuando ellos fueron maltratados con un putec por Bartolo Saladino en la casa del occiso y despuesen la presidencia en la noche del 13 de junio. Maximo Rosario les desmiente. Putec es el tronco de la cana, y,por tal motivo, muy pesado; si con un putec Saladino maltratoa los acusados, debian tener todo el cuerpo molido.Sin embargo, cuando se presentaron en la casa municipalpara firmar sus declaraciones juradas, andaban bien y nisiquiera se quejaron del mas ligero maltrato.

Se alega tambien por la defensa que Teodoro Salon suscribioel Exhibito F, por maltrato. Este exhibito es unacarta escrita por Teodoro Salon, dirigida a su esposaSimona, del tenor siguiente: "Give to 'Compadre' Poncianomy pistol for I requested him because it is what they wantto be produced. You must have to give it." Ponciano espolicia municipal de Pinili y conpadre del acusado TeodoroSalon; es el que en compania del policia Abasta, fue a lacasa de Teodoro Salon en el barrio de Ar-arusip, del municipiode Badoc, portador de la carta Exhibito F, y enviadopara recoger el revolver. De acuerdo con las indicacionesde Teodoro Salon, Abasta, en presencia de Bermudez,encontro efectivamente el revolver, Exhibito A, debajo deuna almohada y lo recogio para entregarselo al Jefe de Policia.

En el alegato de Luis Pagdilao se afirma que "The declarations of Donata Salviejo and Victoria Dahilig, comingas they are from a polluted source, are in themselves unworthly of credit and could not have been allowed to prevail against the evidence of both the accused in this case." Estaafirmacion no esta apoyada por ninguna prueba obrante enautos. El Juzgado inferior que ha tenido plena oportunidadde apreciar en sus menores detalles la manera dedeclarar de todos los testigos creyo el testimonio de laviuda e hija del occiso y desatendio las defensas de coartadade los acusados. No hemos encontrado razon algunapara alterar esta acertada conclusion. Hay mas: la viudadel occiso es pariente de Luis Pagdilao; no es posible queella haya declarado en falso para perjudicarle.

Los acusados habian disparado sus respectivos revolverescontra Teodoro Dahilig, que estaba completamente desarmadoy desprevenido del ataque; Teodoro Dahilig les habiainvitado a pasar creyendo que venian a la casa sin designioscriminales. Concurre la circunstancia cualificativa de alevosia. El delito cometido es, por tanto, el de asesinato.

Y Teodoro Salon, por poseer el revolver, Exhibito A,sin licencia, infringio la ley No. 4 de la Republica.

Se confirman las dos decisiones apeladas, con costas.

Paras, Pres., Feria, Bengzon, Padilla, Tuason, Montemayor, Reyes y Jugo, MM., estan conformes.


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