Republic of the Philippines
SUPREME COURT
Manila

EN BANC

G.R. No. L-907              December 17, 1946

ANACLETO SANTIAGO, recurrente,
vs.
EL SHERIFF DE MANILA y MELCHOR ALMORO, recurridos.

D. Leonardo S. Victoria en representacion del recurrente.
El Fiscal Auxiliar Sr. Villamor en representacion del Sheriff de Manila.
D. Angel M. Tesoro en representacion del recurrido Almoro.


PABLO, J.:

Tratase de una peticion original de mandamus, en la queel recurrente pide que este Tribunal ordene al Sheriff de Manila que suspenda la ejecucion por la terceria presentada por el y que el recurrido Melchor almoro preste fianza deacuerdo con la Regla 39, articulo 15 del Reglamento.

Como fundamento de su peticion, alega que obtuvo encompra la casa situada en la Calle Tambunting No. 29, Avenida Rizal Extension, Manila en mayo 16, 1946 deFelisa Pascual; que en agosto 20, 1946 el Hon. Juez Gutierrez David, del Juzgado de Primera Instancia de Manila,expidio una orden de ejecucion contra Felisa Pascual enla causa civil No. R-2184, titulada Melchor Almoro contraFelisa Pascual; que en septiembre 6, 1946 el recurrentepresento un escrito de terceria al Sheriff de Manila y estelo desatendio, y amenazo con efectuar la orden de ejecucioncontra el; que es deber ministerial del sheriff el dar cursoa la terceria y el requerir al recurrido Melchor Almoro quepreste otro remedio rapido y expedito.

Al constituirse el Sheriff de Manila en la casa No. 29 dela Calle Tambunting, Avenida Rizal Extension, Manila paraverificar la orden de ejecucion encontro — segun
el — a "lademandada Felisa Pascual, Emilia Escobar y Juan Fernandoquienes suplicaron y pidieron al demandante MelchorAlmoro una prorroga para desalojar dicha casa hastael 9 de septiembre de 1946" (Cumplimiento de Ejecucion, Anexo I). Melchor Almoro se conformo (Anexo 1-A). El recurrente asegura en su memorandum y es su escritode terceria que el era poseedor y dueno de la casa altiempo de la ejecucion.

El articulo invocado por el recurrente es aplicable apropiedades embargadas para ser vendidas en publica subasta. Dicho articulo dice que "el funcionario no estaraobligado a conservar la propiedad, a menos que dicho ejecutante,o su agente, a requerimientor, indemnizare al funcionario contra tal reclamacion mediante una fianza poruna cantidad no mayor que el valor de la propiedad embargada."El sheriff esta en completa libertad de levantaro no la ejecucion (54 Jur. Fil., 86) si el ejecutante nopresta fianza (34 Jur. Fil., 377). No se le puede ordenaral sheriff que suspenda o no la ejecucion porque su facultaden estos casos es discrecional (Puig contra Mercado,13 Jur. Fil., 190), ni se puede ordenar a Melchor Almoroa prestar fianza porque esta completamente libre de prestarlao no, segun le convenga. El articulo citados es inadecuado.

El sheriff no embargo la casa para ser vendida en publicasubasta. Se le ordeno en la causa civil No. R-2184, de desahucio,del Juzgado de Primera Instancia de Manila queechara de dicha casa a Felisa Pascual y poner en posesiona Melchor Almoro, de acuerdo con la Regla 39, articulo 13 (antes art. 444, par. 5, Code. de Proc. Civ.). La orden deejecucion dice asi en parte: "Now, therefore, we commandyou to cause the defendant (Felisa Pascual) to forthwithvacate the house known as No. 29 Tambunting, Manilaand that plaintiff Melchor Almoro have restitution ofthe same. . .". El recurrente, que no era parte de lacausa, se opuso alegando ser dueño y poseedor de la casay pidio al sheriff que no le molestara en el ejercicio de susderechos sobre dicha propiedad.

La sentencia dictada en el presente asunto es in personam, y como tal solo es obligatoria para las partes y nopara extranos. (Art. 44, par. [b], Regla 39.) Si el recurrenteAnacleto Santiago, que no fue parte en la causapor desahucio, era poseedor de buena fe de la finca en cuestion, la sentencia dictada en dicha causa no podia ejecutarsevalidamente contra el. Se puede insistir, sin embargo, enla ejecucion de la sentencia si se prueba que el poseedores simplemente un causahabiente, o un huesped, o un agentedel ejecutado en el proposito fraudulento de frustrar lasentencia; en tal caso, debe haber un procedimiento en el Juzgado de Primera Instancia que expidio la orden de ejecucionpara la dilucidacion del caracter de la posesion delocupante extraño.lawphil.net

En el asunto de Omaña contra Gatulayao (73 Phil., 66),dijomos lo siguiente:

Judgment rendered in actions in personam, is in the instant case,are enforcible only between the parties and their successors in interest, but not against strangers thereto. (Sec. 306, par. 2, of ActNo. 190, now Rule 39, sec. 44 [b], Rules of Court.) There may be cases when the actual possessor may be claimed to be a privy toany of the parties to the action, or his bona-fide possession may be disputed, or where it is alleged, as in the instant case, that such possession has been taken in connivance with the defeated litigantwith a view to frustrating the judgment. In any of these events,the proper procedure would be to order a hearing on the matter of such possession and to deny or accede to the enforcement of a writof possession as the finding shall warrant.

La resolucion del Juzgado de Primera Instancia en tal procedimiento, que es solamente para fines de ejecucion, notiene caracter concluyente en un asunto posterior que cualquierade las partes pueda incoar ante un tribunal competentepara la determinacion final del titulo sobre lapropiedad. Si en tal procedimiento el juzgado encuentraque el extraño no es mas que un mero causahabiente oagente o huesped del ejecutado, entonces se seguira la ordende ejecucion contra el. Esto no es obice, sin embargo, paraque el ocupante pueda valerse de cualquier otro remediolegal para la determinacion definitiva del titulo o la posesionsobre la propiedad.

Por las razones expuestas, y sin perjuicio de que laspartes sigan el procedimiento aqui indicado, se desestimala solicitud de mandamus, con las costas contra el recurrente.

Moran, Pres., Paras, Feria, Perfecto, Hilado, Bengzon, Briones, Padilla y Tuason, MM., estan conformes.


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